Rechazan autogobierno para Comunidad Mormona LeBarón

La Sala Regional Guadalajara del TEPJF, confirmó sentencia del Tribunal Estatal Electoral y reafirma que no es un pueblo originario.

El Pleno de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la sentencia inicial del Tribunal Estatal Electoral por lo que se determina que por no cer unb opu8eblo ioriginario, no pueden ni autogobernarse, ni autodeterminarse.

Mediante un. comunicado oficial del TEE el Ttribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la setencia inicial por lo que ratifica el resolutivo.

Los habitantes de origen mormón en la colonia Dublán, en Nuevo Casas Grandes, interpusieron recurssos legales para que pudieran establecer un autogobierno y por lo tanto aplicar leyes de acuerdo a sus costumbres.

Los mormones pertenecen a una religión denominada Movimiento de los Santos de los Últimos Días o Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y que la conforman un grupo de iglesias cristianas que trazan su origen hasta la llamada Iglesia de Cristo, fundada por el estadounidense Joseph Smith en 1830.

Las principales denominaciones del movimiento con más de 16 millones de miembros en todo el mundo basan su teología como una iglesia cristiana primitiva con revelaciones adicionales.

En la sentencia se consideró que este Tribunal actuó correctamente, pues sí atendió las indicaciones de la Sala Superior del TEPJF ya que hizo las gestiones necesarias con el propósito de recabar los dictámenes antropológicos ordenados, y que se actuó conforme a derecho en el tratamiento jurídico dado al dictamen antropológico emitido por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, institución revestida de imparcialidad y que cuenta con personal especializado en la materia, enfatizando que su estudio resultó sumamente relevante para el caso, pues mostró el contexto social, económico, y cultural en el que la Comunidad LeBarón se desenvuelve.

“En este sentido, la Sala Regional Guadalajara determinó que el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua cumplió con los principios constitucionales que rigen los actos en materia electoral”, se precisa.

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