La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé revisar en su sesión del 8 de mayo un amparo para garantizar la reparación del daño por parte del Estado Mexicano cuando las víctimas sean desplazadas de manera forzada por la violencia ante un inadecuado trabajo de las instituciones de seguridad y las fiscalías.
Desde su demanda de amparo, el argumento de las víctimas es, en esencia, que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas ha omitido pronunciar una resolución en materia de reparación para su caso, a pesar de contar con un amplio expediente que relata los hechos victimizantes que resintieron.
El desplazamiento forzado interno es un fenómeno social, que consiste en la movilidad de un grupo de personas que se traslada de su lugar de origen o residencia habitual como resultado o para evitar situaciones concretas.
Se trata de una familia del norte del país que en 2010 fue víctima de extorsión, secuestro, asesinato y otros delitos por parte del crimen organizado, por lo que en 2013 se vio obligada a irse a otras regiones del país.
El asunto pasó por las fiscalías estatales, la entonces Procuraduría General de la República(PGR), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
El diario Milenio informó que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentará a la Primera Sala de la Corte un proyecto de sentencia donde propone amparar a los integrantes de esa familia, que, de acuerdo con la recomendación 94/2019 de la CNDH, se trata de 67 personas de nueve núcleos familiares que vivían en los municipios de Saucillo, Delicias, La Cruz y Chihuahua, donde realizaban actividades de comercio.
Añade el diario que esa familia es originaria de Chihuahua, por lo que probablemente el grupo criminal al que se refieren los expedientes es La Línea del Cártel de Juárez. del cual se ha documentado que en dicha época formó una alianza con Los Zetas para enfrentar al cártel de Sinaloa lo que provocó desplazamientos de habitantes de varias comunidades.
Cabe destacar que miles de desplazamientos forzadas de personas en Chihuahua son realizadas por comunidades indígenas, aunque estas no son denunciadas ni documentadas y como causa aparecen bandas delincuenciales que se apropian de sus tierras para siembra de drogas o aprovechamiento forestal.
Por ello, el ministro Pardo Rebolledo propondrá amparar a las víctimas para que en un plazo no mayor a 45 días la CEAV emita la resolución sobre diversas medidas a las que se refiere el artículo 27 de la Ley General de Víctimas y lograr una reparación integral
De acuerdo a otra nota de este lunes del diario capitalino La Jornada, dichos traslados se caracterizan, principalmente, “porque más que voluntaria, se convierte en una vía de escape o huida ante situaciones que ponen en peligro la integridad y la vida de las personas”, explica el ministro Jorge Pardo.
Desde el 3 de enero de 2017, en la Ley General de Víctimas se ajustaron diversas disposiciones; ello modificó el enfoque genérico que había guardado dicha normativa para introducir alusiones directas y específicas a grupos en especial estado de vulnerabilidad, como indígenas, periodistas, defensores de derechos humanos, migrantes personas en situación de desplazamiento forzado interno.
“Era obligación de dicha autoridad continuar con la consecución de todos los trámites necesarios hasta llegar al objetivo principal de este tipo de procedimientos que es precisamente la reparación integral de los daños causados.
“Esto implica que, derivado de la ejecutoria anterior, era obligación de la Comisión Ejecutiva seguir integrando debidamente el expediente de las víctimas y una vez que se dieran las condiciones necesarias para hacerlo, emitir el dictamen y posterior resolución de reparación integral”, se expone.