El Presidente tuvo tres años la mayoría absoluta en las dos cámaras, e hizo los cambios a la constitución que priorizó. En 2021, el voto le quitó la mayoría calificada en las dos cámaras y su Reforma Electoral se atoró. Sólo pasó la de energía por el voto traicionero de Alito y el PRI. Al atorarse la Reforma Electoral, se sacó de la manga el Plan B; que es cambiar leyes secundarias con mayoría simple, que sí la tiene en las dos cámaras, aunque hayan violado hasta en 21 ocasiones la Constitución, de acuerdo a lo dicho por Ricardo Monreal en su voto particular en contra.
Ahora, una vez aprobadas, y lo serán, sólo habrá tres recursos contra los daños que puede causar el Plan B:
1.- La acción de inconstitucionalidad que presentarán las minorías de ambas cámaras (requiere 8 votos del Pleno de la Corte para echar abajo el Plan B).
2.- La controversia constitucional que puede ser presentada por el ente directamente afectado, como el INE o el TEPJF y requiere de 6 votos a favor en el Pleno de la Corte. También entidades y municipios pueden ir a la controversia constitucional por lo del 0.1% en Comunicación Social porque se aplica a quien lo pide.
3.- El amparo.- Recurso al que pueden recurrir los empleados del INE que serían despedidos, aunque también es ruta larga para otros casos, como los municipios y los estados.
El TEPJF tiene facultades en materia laboral; todo es que se aviente el tiro, además de su propia controversia por los daños que pretenden hacerle con el Plan B.