Link de acceso directo a los datos de disciplina financiera https://www.disciplinafinanciera.hacienda.gob.mx/es/DISCIPLINA_FINANCIERA/Entidades_Federativas_2021#:~:text=El%20Sistema%20de%20Alertas%20mide,de%20Ingresos%20de%20Libre%20Disposici%C3%B3n
Junto a los estados de Coahuila, Colima, Durango, Nuevo León y Quintana Roo, el Estado de Chihuahua se encuentra en el Sistema de Alertas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público entre las entidades bajo la mira por su nivel de endeudamiento, sin llegar al nivel rojo de endeudamiento grave. En la página de la SHyCP se hacen constar que entre las de corto como las de largo plazo, Chihuahua tiene 89 operaciones financieras en curso entre créditos simples, garantías de pago, obligaciones a corto plazo y una emisión bursátil. Mientras, hasta 25 entidades aparecen en el grupo calificado con un “endeudamiento sostenible”.
Según la información oficial de Hacienda Federal, Chihuahua cuenta con 20 créditos simples, todos ellos a largo plazo, con bancos como Banobras, Banco Santander, BBVA Bancomer, Banbajío, HSBC, Banco Mercantil del Norte y Multiva.
Aparte, reporta la existencia de un crédito a cuenta corriente con Banobras, cinco garantías de pago con Banobras y 16 operaciones a las que denomina “instrumento derivado (contrato marco y anexos)” Banbajío, Santander, Accendo Banco, Banco Mercantil del Norte.
También refiere una emisión bursátil con Nacional Financiera contratada por 12 mil 000 millones 433 mil 251 unidades de inversión, que para 2021 ya habían generado por concepto de intereses 892 millones 588 mil 958 UDIS y se había devengado 14 mil 827 millones 331 mil 755.
Completan este paquete 35 obligaciones a corto plazo con Banca Múltiple, BBVA, Mercantil del Norte, Bansi, Santander y Multiva, un factoraje financiero con HSBC.
A ello cabe sumar todo el pasivo y las obligaciones a corto plazo que el Estado guarda con proveedores y contratistas.
La propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público precisa que “el Sistema de Alertas mide el nivel de endeudamiento de los Entes Públicos que tengan contratados Financiamientos y Obligaciones, y éstos se encuentren inscritos en el Registro Público Único, cuya fuente o garantía de pago sea de Ingresos de Libre Disposición. La Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios establece tres indicadores de corto y largo plazo para realizar la medición del Sistema de Alertas: (1) Deuda Pública y Obligaciones sobre Ingresos de Libre Disposición, (2) Servicio de la Deuda y de Obligaciones sobre Ingresos de Libre Disposición y (3) Obligaciones a Corto Plazo y Proveedores y Contratistas, menos los montos de efectivo, bancos e inversiones temporales, sobre Ingresos Totales”.
De igual modo precisa que “las cifras utilizadas para el cálculo tomaron en consideración la información y documentación proporcionada por las Entidades Federativas, la información contable publicada por las propias Entidades conforme a los formatos a que hace referencia la Ley; así como, la información disponible en el Registro Público Único a cargo de la Secretaría. La validez, veracidad y exactitud de la misma, es responsabilidad de cada una de las Entidades Federativas”.