Aprueban en comisión la nueva Ley de Movilidad del Estado, que priorizará al peatón y vehículos de tracción humana

La Comisión de Obras, Servicios Públicos y Desarrollo, y Movilidad Urbana, del Congreso del Estado, aprobó el dictamen que se subirá al pleno del Poder Legislativo en virtud de que se cree la Ley de Movilidad; de aprobarse entraría en vigor el 1 de enero del 2025; algo que se dejó en claro es que esta Ley es conceptual y no reglamentaria, y de que, al no poderse crear una Secretaría de Movilidad, se repartieron las responsabilidades entre las diversas dependencias gubernamentales.

Fue el encargado de la Secretaría Técnica de la Comisión, Jorge Carlos, explicó que el proyecto fue una ley que emana de un mandato Constitucional, pero además se trabajó en el dictamen durante dos años, en donde se realizaron mesas de trabajo escuchando a ciudadanos, organizaciones, así como instituciones y dependencias.

Señaló que en 2021, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial mandata que las entidades federativas deben de aprobar las reformas necesarias para las leyes de su competencia, para que sean armonizadas con la Ley General.

Explicó que el 24 de mayo del 2023 concluyó la mesa técnica que dio como resultado un dictamen que fue nuevamente revisado por diversas autoridades que habrán de operar el tema, siendo una de las objeciones el que no se podría establecer una Secretaría de Movilidad como tal, ya que el Poder Legislativo no puede entrar en el tema de modificar la estructura y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, por lo que se repartieron las obligaciones en el tema entre las diversas dependencias como lo son la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, la Secretaría de Salud, el Secretariado Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes, la Secretaría de Hacienda, los municipios, los consejos de planeación municipales, entre otros.

Enfatizó que este nuevo ordenamiento, de ser aprobado, entraría en vigencia a partir del 1 de enero del 2025, a efecto de permitir que el Ejecutivo del Estado haga las previsiones presupuestales competentes; enfatizó que no se trata de una nueva Ley de Vialidad, inclusive esta última no se abroga, sino que se tendrá que adaptar, al igual que la Ley de Transporte; dijo que es la guía para comprender los nuevos preceptos de movilidad, siendo una ley conceptual y no reglamentaria, es una ley enunciativa de conceptos que dan pauta para que la reglamentación se haga desde quienes la van a operar y que establezca el cómo la van a operar.

Añadió que el enfoque de esta ley va al peatón, luego al ciclista, otros medios de tracción humana, y al final el uso del vehículo particular, moderando y concientizando sobre su abuso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *