Asegura la Fiscalía Anticorrupción dos viviendas en el Campestre de Juárez mientras investiga un probable enriquecimiento ilícito; una sería la del alcalde con licencia

El fiscal Anticorrupción del Estado de Chihuahua, Abelardo Valenzuela Holguín, informó en comparecencia de prensa el aseguramiento de dos viviendas en el fraccionamiento Campestre de Ciudad Juárez, a nombre de D. S. P. M. , una de ellas con un valor de 26 millones de pesos -supuestamente en la que actualmente residiría el presidente municipal con licencia, Cruz Pérez Cuéllar, y su familia, si bien en ningún momento refirió su nombre o sus iniciales para no violar el debido proceso- mientras se investiga un posible delito de enriquecimiento ilícito.

El titular de la FACH manifestó que en virtud de una denuncia presentada por algunos representantes populares de Ciudad Juárez, organismos no gubernamentales e investigaciones periodísticas “esta Fiscalía Anticorrupción tuvo a bien iniciar una carpeta de investigación por el delito de enriquecimiento ilícito cometido por el probable responsable”. Apuntó que la denuncia señala el valor de una casa habitación que asciende a aproximadamente 26 millones de pesos.

Dicho esto, compartió que “hace unos momentos, un juez de control nos acaba de obsequiar un mandato judicial para el aseguramiento de los dos bienes inmuebles, ambas casas habitación ubicadas en la calle Fresno” en el fraccionamiento Campestre de Ciudad Juárez.

Añadió que en el mismo momento que se llevaba a cabo la rueda de prensa se estaban desahogando las diligencias de ejecución para el aseguramiento de ambos bienes, de acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales.

Señaló que para los delitos de enriquecimiento ilícito el patrimonio del servidor público comprende todo aquel que adquirió por sí mismo y cómo fue su progresión y evolución. Afirmó el aseguramiento se justifica debido a que el costo de ambas viviendas no estaría acorde con los ingresos como funcionario público.

Abelardo Valenzuela apuntó que era necesario asegurar las viviendas porque el propietario podría realizar actos de dominio, venderlas, arrendarlas o simular actos jurídicos.

Enfatizó que diligencia obedece a un mandato judicial con estricto apego a la ley y que no se valía el victimismo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *